miércoles, 9 de enero de 2013

FONDOS ESTRUCTURALES Y FONDOS DE COHESION

Los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión son los instrumentos financieros de la política regional de la Unión Europea (UE), encaminada a reducir las diferencias de desarrollo entre las regiones y los Estados miembros. Los Fondos contribuyen así plenamente al objetivo de cohesión económica, social y territorial.

Existen dos Fondos Estructurales:
  • El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) es ahora mismo el más importante; desde 1975 concede ayudas para la construcción de infraestructuras y la realización de inversiones productivas capaces de generar empleo, sobre todo en beneficio de las empresas;
  • El Fondo Social Europeo (FSE), instaurado en 1958, financia principalmente actividades de formación para favorecer la inserción profesional de los desempleados y de los sectores más desfavorecidos de la población

SEDES DE LOS ORGANISMOS DE LA UE


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REGLAMENTOS,DIRECTIVAS,DECISIONES Y RECOMENDACIONES Y DICTÁMENES

Los objetivos de los Tratados de la UE se materializan mediante varios tipos de actos legislativos. Algunos son vinculantes y otros no. Algunos se aplican a todos los países de la UE y otros sólo a unos pocos.

Reglamentos

Un Reglamento es un acto legislativo vinculante. Debe aplicarse completamente en toda la UE.

Directivas

Una Directiva es un acto legislativo en el cual se establece un objetivo que todos los países de la UE deben cumplir. Pero cada país debe decidir individualmente cómo hacerlo.

Decisiones

Una Decisión es vinculante para aquellos a quienes se dirige (un país de la UE o una empresa concreta) y es directamente aplicable.

Recomendaciones

Una Recomendación no es vinculante. Una Recomendación permite a las instituciones dar a conocer sus puntos de vista y sugerir una línea de actuación sin imponer obligaciones legales a quienes se dirige.

Dictámenes

Un dictamen es un instrumento que permite a las instituciones hacer una declaración de manera no vinculante, es decir, sin imponer obligaciones legales a quienes se dirige. Pueden emitirlo las principales instituciones de la UE (Comisión, Consejo y Parlamento), el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social Europeo. Mientras se elabora la legislación, los comités emiten dictámenes desde su propio punto de vista, regional o económico y social.

miércoles, 19 de diciembre de 2012

ETIQUETA CE Y ECOETIQUETA

Etiqueta ce:
El etiquetado de los productos es obligatorio y proviene directamente de dos derechos del consumidor: derecho a la seguridad y derecho a la información.
Una de las funciones más importantes del etiquetado es identificar el responsable del producto, que puede ser el fabricante, el distribuidor, el vendedor, el importador o incluso el marquista.
Las siglas CE están presentes en una gran cantidad de productos. Indican que los productos se han fabricado siguiendo las directrices comunitarias de seguridad y atribuyen la responsabilidad de este proceso de fabricación al fabricante, a su representante en la Unión Europea o al responsable de su comercialización. Estas directrices comunitarias de seguridad están enfocadas en dos direcciones:
  • Garantizar la seguridad de las personas, los animales y los bienes cuando se utilicen estos productos
  • Garantizar la libre circulación del producto dentro del mercado interior de la Unión Europea
No todos los productos deben llevar esta marca, solamente aquellos por los que se han dictado las normas de seguridad concretas que les afecta, como máquinas, aparatos electrodomésticos, alimentos, etc.


La etiqueta ecológica:

Las etiquetas ecológicas identifican y certifican, de forma oficial, que los productos o servicios que acompañan son respetuosos con el medio ambiente.
Las características que deben cumplir los productos y servicios que tienen la etiqueta ecológica se basan en estudios científicos y en el impacto del producto a lo largo de su vida útil. Por esto, se tienen presente las materias primas, el consumo de agua y de energía, la contaminación del agua, las emisiones en la atmósfera y la generación de residuos, entre otros.
El organismo competente para gestionarla y otorgarla es la administración de cada comunidad autónoma. Sin embargo, las comunidades pueden tener sus propios distintivos de garantía de calidad ambiental que acompañan esta etiqueta.

PAISES QUE USAN EL EURO


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TRATADO DE LISBOA (2007)

El Tratado de Lisboa, firmado por los representantes de todos los estados miembros de la Union Europea (UE) en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 es el que sustituye a la Constitucion para europa tras el fracasado tratado constitucional.Con este tratado, la UE tiene personalidad jurídica  propia para firmar acuerdos internacionales a nivel comunitario.
Algunas de las reformas más importantes que introduce el Tratado de Lisboa son la reducción de las posibilidades de estancamiento en el Consejo de la union europea  mediante el voto por mayoría cualificada un Parlamento Europeo con mayor peso mediante la extensión del procedimiento de decisión conjunta con el Consejo de la UE, la eliminación de los tres pilares de la union europea y la creación de las figuras de Presidente del consejo europeo y alto representante de la union para asuntos exteriores y politica de seguridad para dotar de una mayor coherencia y continuidad a las políticas de la UE. El Tratado de Lisboa también hace que la Carta de los derechos fundamentales de la union europea sea vinculante jurídicamente.

ENTRADA EN VIGOR DEL EURO (2001)

La creación de una moneda común europea - bajo la denominación de euro - con fecha de puesta en circulación en enero del año 2001.
El primer paso en la introducción de la nueva moneda se dio oficialmente el 1 de enero de 1999, cuando dejaron de existir como sistemas independientes las monedas de los once países de la Unión que se acogieron al plan de la moneda única, la denominada zona euro:Alemania, Belgica , España , Finlancia, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Paises Bajos y Portugal y otros países fuera de la Unión Europea como Mónaco,San Marino y Ciudad del Vaticano que adoptaron la moneda a través de acuerdos que mantenían con países de la UE (con Francia en el caso de Mónaco y con Italia en el caso de San Marino y Ciudad del Vaticano). El  1 de enero de 2001 se incorporó  Grecia. Sin embargo, debido al período de fabricación requerido para los nuevos billetes y monedas, las antiguas monedas nacionales, a pesar de haber perdido la cotización oficial en el mercado de divisas, permanecieron como medio de pago hasta el 1 de enero de 2002, cuando fueron reemplazadas por billetes y monedas en euros. Tanto las monedas como los billetes tuvieron un período de coexistencia con las anteriores monedas nacionales hasta que fueron retiradas de la circulación. Este período de coexistencia tuvo diferentes calendarios en los países que adoptaron el euro., el Dinamarca,Reino Unido y Suecia no han adoptado la moneda única.